Sentencia N° 767 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de abril de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 0767, Exp. 06-879, 18/04/2007
Expediente06-879
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-04-18
DecisiónPERECIDO el recurso de casación interpuesto por la parte demandada y SIN LUGAR el recurso de casación ejercido por la parte actora.
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró perecido el recurso de casación interpuesto por la parte demandada y sin lugar el recurso de casación ejercido por la parte actora. La sentencia se basa en la extemporaneidad de la formalización del recurso de la demandada, que fue presentado fuera del lapso establecido por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Asimismo, se abordaron las denuncias de infracción de normas procesales y de derecho sustantivo, concluyendo que no se configuraron los vicios alegados por el recurrente.
Extracto de la motiva
La indefensión ocurre cuando alguna conducta del Juez le impida a las partes la utilización efectiva de los medios o recursos que la ley pone a su alcance para la defensa de sus derechos e intereses. La Sala estima que lo delatado no configura un caso de indefensión, por cuanto la recurrida no obstaculiza de ninguna forma el ejercicio de los medios o recursos de ley para la protección de los derechos e intereses de la demandada. Asimismo, es menester ratificar una vez más lo que ya en múltiples oportunidades se ha apuntado en cuanto al vicio de inmotivación. En tal sentido, éste solo se materializa cuando la sentencia carece en absoluto de fundamentos, pues no debe confundirse la escasez o exigüidad de la motivación con la falta de motivos. La motivación exigua o errónea no constituye inmotivación.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social (Accidental) del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1) PERECIDO el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia emanada del Juzgado Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 18 de marzo de 2004 y 2) SIN LUGAR el recurso de casación ejercido por la parte actora contra el referido fallo. Se condena en costas del recurso a los recurrentes.
Palabras clave
cobro de prestacionesrecurso de casacióninfracción de normasderecho a la defensaindefensiónmotivación de la sentenciaextemporaneidaddecisión judicial