Sentencia N° 763 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de julio de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 0763, Exp. 10-581, 13/07/2010
Expediente10-581
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2010-07-13
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por Manuel Antonio González Cervantes contra la decisión del Juzgado Superior Segundo del Trabajo del Estado Zulia, que había declarado sin lugar el recurso de apelación. La Sala determinó que el recurso era inadmisible, al no encontrarse violaciones al orden público laboral alegadas por el recurrente. Se enfatizó que el control de la legalidad es un medio excepcional y que deben cumplirse requisitos específicos para su admisibilidad.
Extracto de la motiva
El recurso de control de la legalidad es un medio de impugnación excepcional, por tanto, deben cumplirse a los fines de asegurar su admisibilidad, con las exigencias enunciadas en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Social. Asimismo, tratándose como antes se expresó, de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala de Casación Social, restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la admisibilidad del mismo, especialmente en aquellas circunstancias donde se pretenda la violación de disposiciones de orden público o de jurisprudencia reiterada de esta Sala. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaben el debido proceso y el derecho a la defensa. En el caso concreto señala el recurrente, que la sentencia recurrida incurrió en la infracción de normas de orden público, por contravenir lo establecido en los artículos 72 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; 76 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo; 59 de la Ley Orgánica del Trabajo y 8 del Reglamento del Trabajo, alegando que dicha sentencia no se ajustó a las pretensiones alegadas por las partes, al no examinar todas y cada uno de los fundamentos de la apelación, lo que trajo como consecuencia el establecimiento de falsos supuestos que quebrantarían las normas denunciadas.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad, interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia definitiva de fecha 8 de abril de 2010, proferida por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo.
Palabras clave
control de la legalidadindemnizacióndiscapacidadsentencias laboralesLey Orgánica Procesal del Trabajo