Sentencia N° 76 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de marzo de 2021

TSJ/SCS, Sent. N° 076, Exp. 18-051, 03/08/2021
Expediente18-051
PonenteJesús Manuel Jiménez Alfonzo
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2021-03-01
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación interpuesto por la parte actora, debido a que no se presentó el escrito de formalización dentro del lapso establecido por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La decisión se basa en el incumplimiento de la carga procesal por parte de la representación judicial de los demandantes, quienes no argumentaron los motivos del recurso en la diligencia de anuncio.

Extracto de la motiva

Por otra parte, en la diligencia consignada en fecha 27 de noviembre de 2017 (folio 28 de la pieza N° 6 del expediente) a través de la cual la representación judicial de la parte accionante anunció el recurso de casación, no se argumentaron los motivos y alegatos para el ejercicio del medio de impugnación, circunstancia que habría sido considerado por la Sala como una formalización anticipada del recurso, y por ende, le permitiría entrar a conocerlo y resolverlo, conforme al criterio establecido por la Sala Constitucional de este alto Tribunal en sentencia N° 1.350 del 5 de agosto de 2011 (caso: Desarrollo Las Américas, C.A. e Inversiones 431.799, C.A.). Precisado lo anterior, y como quiera que la parte actora no cumplió con la carga procesal de la presentación del escrito de formalización dentro del lapso establecido, es por lo que esta Sala declara perecido el recurso interpuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de ley declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte actora, ciudadanos VEGAS BENITO MUSSOLINI, GONZÁLEZ GUARAN PEDRO RAMÓN, GONZÁLEZ GUARAN GELACIO JOSÉ, SALCEDO ORTEGA TOMÁS ANTONIO, RIVERO JOSÉ RAFAEL, SALCEDO ORTEGA HÉCTOR ENRIQUE, SALCEDO EMILIO RAMÓN, ANAUDE RAMÍREZ JOSÉ ÁNGEL, ABREU HIGUERA JOSÉ ANTONIO, MARTÍNEZ ORLANDO DE JESÚS, GUARICAPA ORTEGA EDUARD LEOMAR, GUARICAPA HIGUERA OMAR ANTONIO, ESTANGA SALAZAR VICENCIO DE JESÚS, GUARICAPA HIGUERA RUBÉN DARÍO, GUACARÁN JULIO CÉSAR, GUARICAPA HIGUERA JHONNY RAMÓN, HERNÁNDEZ BERNALDO RAFAEL, RUBÍN GUACARÁN UBENSE MANUEL, RUBÍN GUACARÁN BERNARDO ANTONIO y RODRÍGUEZ HERRERA OMAR VICENTE, contra la decisión de fecha 17 de noviembre de 2017 por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, sede Valle de La Pascua.

Palabras clave

recursoscasacióntrabajojurisprudenciaprocedimiento

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