Sentencia N° 758 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de abril de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 0758, Exp. 04-1246, 28/04/2006
Expediente04-1246
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2006-04-28
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte intimada contra la decisión del Juzgado Superior del Trabajo de Lara. Se argumenta que el recurso de control de la legalidad es excepcional y debe ser utilizado solo en casos que vulneren el orden público laboral. En este caso, se establece que el procedimiento de estimación e intimación de honorarios es autónomo y no se aplica el procedimiento de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Extracto de la motiva

El recurso de control de la legalidad, tiene un “(…)carácter extraordinario o excepcional con la finalidad de impedir las extralimitaciones de los tribunales de última instancia del trabajo, en contra de los fallos que no siendo recurribles en casación violenten o amenacen con infringir el orden público laboral, que es un orden público de protección, o cuando la sentencia proferida por la recurrida sea contraria a la doctrina jurisprudencial establecida por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia (…)”. (Francisco Carrasquero López, El Recurso de Control de Legalidad en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Estudio sobre Derecho del Trabajo, libro homenaje a José Román Duque Sánchez, Páginas 291 y 292). (Resaltado de la Sala). De lo precedentemente expuesto, podemos entonces inferir que el recurso de control de la legalidad se interpone solamente contra aquellas sentencias de los tribunales superiores del trabajo, que vulneren normas legales que atenten contra el orden público laboral, ya sean disposiciones de índole procesal o sustantivas del trabajo. Pues bien, el caso que nos ocupa se trata de un procedimiento de estimación e intimación que surge como consecuencia de los honorarios profesionales causados con ocasión de las actuaciones realizadas por el intimante, abogado Jesús Cordero Giusti, en el juicio que por calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos sociales siguió el ciudadano Jesús Humberto Medina Aguilar, contra la sociedad mercantil Radio Tricolor C.A., hoy parte intimada.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte intimada, contra la decisión de fecha 22 de julio de 2004, proferida por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra indicada a los fines consiguientes. Particípese de esta remisión al Tribunal Superior de origen antes mencionado.

Palabras clave

control de legalidadhonorarios profesionalesprocedimiento laboralautonomía del juicioinadmisiibilidadrecurso de casaciónorden público laboral

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