Sentencia N° 755 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de julio de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0755, Exp. 15-122, 29/07/2016
Expediente15-122
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-07-29
DecisiónINADMISIBLE

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo, que había confirmado la decisión de no lugar a la demanda. La Sala argumenta que la parte actora no cumplió con el requisito de establecer la cuantía de cada pretensión individualmente, lo que es necesario para la admisibilidad del recurso. Además, se menciona que el recurso de control de la legalidad también es declarado inadmisible por no haberse verificado los requisitos establecidos en la ley.

Extracto de la motiva

El artículo 167 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece que podrá proponerse el recurso de casación 'contra las sentencias de segunda instancia que pongan fin al proceso, cuyo interés principal exceda de tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.)'. De acuerdo a la expresión 'interés principal' de la disposición citada, la estimación de la pretensión deducida en juicio, se fija en base a lo que se pretende sea garantizado. En principio, se establece de acuerdo a lo que consta en el libelo, del cual se deberán apreciar todos los elementos a fin de verificar la cuantía para acceder a casación, conforme ha sido establecido por esta Sala de Casación Social. En el caso concreto, se trata de un recurso de casación anunciado contra la decisión del Tribunal de Alzada que puso fin al proceso en una demanda con acumulación de pretensiones. En este orden de ideas, con respecto al requisito de la cuantía, la Sala Constitucional de este máximo Tribunal, según sentencia de fecha 12 de julio del año 2005, estableció que la cuantía necesaria para acceder a la casación, debe ser la que imperaba para el momento de interposición de la demanda, 'pues es en ese momento en el cual el actor determina el derecho a la jurisdicción y la competencia por la cuantía y por ello considera cumplido el quantum requerido por el legislador para acceder en sede casacional'.

Dispositiva

En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante, contra la sentencia proferida por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 07 de noviembre de 2014, en consecuencia, SE REVOCA el auto emitido el 07 de enero de 2015 por ese mismo Tribunal, mediante el cual admitió el referido recurso. SEGUNDO: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandante, contra la sentencia proferida por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 07 de noviembre de 2014.

Palabras clave

nulidadacuerdo transaccionalrecurso de casacióntutela judicialvalor de la causa

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