Sentencia N° 755 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de agosto de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0755, Exp. 14-714, 11/08/2015
Expediente14-714
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-08-11
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la homologación de un acuerdo transaccional entre varios trabajadores y la asociación civil Izcaragua Country Club, A.C. Los demandantes, representados por la abogada Yhesika Rodríguez, solicitaron la homologación del acuerdo que ponía fin a un litigio por diferencias en prestaciones sociales. La Sala verificó el cumplimiento de los requisitos legales y la voluntad de las partes para celebrar el acuerdo.

Extracto de la motiva

Examinado el documento, se evidencia que los ex trabajadores actuaron a través de apoderado judicial, con poder debidamente otorgado para ello (vid. folio 43, pieza 1), y la parte demandada a través de su representante judicial debidamente constituida y facultada para celebrar el contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 154 del Código de Procedimiento Civil –aplicable por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo–, tal como se patentiza del instrumento poder que corre inserto en la pieza 3 del expediente, y que fue acompañado conjuntamente con el documento contentivo de transacción, cumpliéndose así con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso. Asimismo, el contrato se encuentra circunstanciado en cuanto a la motivación de la transacción y los derechos en ella comprendidos los cuales se adecuan a los derechos y conceptos reclamados en el escrito libelar, quedando de manifiesto que se actuó en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, en consecuencia, se acuerda concederle la homologación a la declaración de voluntad presentada en este caso y el pase en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.

Dispositiva

HOMOLOGA la transacción celebrada entre los ciudadanos Máximo Mario Cruz Hernández, Ligia González, Carlos José Orellanes Rivero, Oscar Enrique Díaz Rodríguez, Juan Carlos Soto Márquez, Casimiro Antonio Pérez Martínez, Domingo Antonio Guevara, Juan Vicente Toro Morante, Ignacio Antonio Santos Cruz y Flower Ordoñez, y la asociación civil Izcaragua Country Club, A.C., en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola con autoridad de cosa juzgada.

Palabras clave

homologacióntransacciónprestaciones socialestrabajadoresconflicto laboral

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