Sentencia N° 751 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de junio de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0751, Exp. 12-097, 10/06/2014
Expediente12-097
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-06-10
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia de la Magistrada Sonia Coromoto Arias Palacios, decidió con lugar el recurso de casación interpuesto por Luis Hernando Aparicio Delgado contra la sentencia del Juzgado Octavo Superior del Trabajo que había declarado sin lugar el recurso de apelación y parcialmente con lugar la demanda. La Sala anuló el fallo recurrido y estableció que la relación laboral del demandante con la empresa demandada fue continua desde el 15 de marzo de 2003 hasta el 15 de diciembre de 2010, desestimando la alegación de la demandada sobre la existencia de dos períodos laborales distintos.
Extracto de la motiva
La infracción por falta de aplicación de una norma legal se presenta cuando el sentenciador no emplea o niega la aplicación de una disposición legal que esté vigente a una determinada relación jurídica que está bajo su alcance. El artículo 72 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, cuya infracción se alega, dispone lo siguiente: Salvo disposición legal en contrario, la carga de la prueba corresponde a quien afirme hechos que configuren su pretensión o a quien los contradiga, alegando nuevos hechos. El empleador, cualquiera que fuere su presencia subjetiva en la relación procesal, tendrá siempre la carga de la prueba de las causas del despido y del pago liberatorio de las obligaciones inherentes a la relación de trabajo. Cuando corresponda al trabajador probar la relación de trabajo gozará de la presunción de su existencia, cualquiera que fuere su posición en la relación procesal. Dicha norma establece el principio general de la carga de la prueba en el proceso laboral, al disponer que ésta corresponde a quien afirme hechos que configuren su pretensión o a quién los contradiga alegando hechos nuevos; así como que será el empleador el que deba demostrar siempre las causas del despido y el pago de las obligaciones inherentes a la relación de trabajo.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora contra la sentencia dictada en fecha 8 de diciembre de 2011 por el Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; SEGUNDO: se anula el fallo recurrido; y, TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano LUIS HERNANDO APARICIO DELGADO, contra la sociedad mercantil FUENTE DE SODA MASSIMO´S.
Palabras clave
carga de la pruebaderechos laboralesdespidotutela judicialrecursossentenciasjusticia laboral