Sentencia N° 75 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de febrero de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 075, Exp. 16-236, 17/02/2017
Expediente16-236
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-02-17
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Marjorie Calderón Guerrero, decidió el recurso de casación interpuesto por Keida Beatriz Rivero Martínez contra la sentencia del Tribunal Quinto Superior del Trabajo, que había declarado parcialmente con lugar la demanda de prestaciones sociales. La Sala determinó que la carga probatoria sobre la responsabilidad subjetiva y el daño moral recaía sobre la demandante, y que la decisión de la Alzada no incurrió en vicios denunciados por el recurrente. Finalmente, se declaró sin lugar el recurso de casación, confirmando la decisión recurrida.
Extracto de la motiva
La formalizante denuncia de conformidad a lo previsto en el numeral 1, del artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la infracción por parte de la recurrida de los artículos 5 y 9 eiusdem, por haber faltado a su deber de veracidad, por no inquirir la verdad por todos los medios a su alcance, desconocer el principio de irrenunciabilidad de los derechos del trabajador y el carácter tutelar de las leyes laborales. Manifiesta que la recurrida infringió las normas procesales denunciadas, ya que le impuso la carga de probar su jornada y horario de trabajo, cuando al contradecir el demandado dichos alegatos, este tenía la carga de alegar y probar el horario y la jornada que a su juicio cumplía la trabajadora, y a falta de prueba, se debe tener como cierto lo alegado por la demandante. Considera que dicha infracción fue determinante en la sentencia recurrida, ya que al no estar probados el horario y la jornada de trabajo la recurrida le negó el pago del día domingo, como feriado legal. Para decidir la Sala observa: Respecto a la denuncia formulada, lo primero que advierte esta Sala, es la manifiesta falta de técnica en la que incurre el formalizante, toda vez que denuncia un error de juzgamiento, el cual debe ser encuadrado en el supuesto establecido en el numeral 2 del artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y no, como lo hizo el recurrente, en el numeral 1, del artículo 168 eiusdem, el cual se refiere a la infracción de formalidades sustanciales de los actos que menoscaben el derecho a la defensa; no obstante, esta Sala a pesar de las deficiencias encontradas, extremando sus funciones, a los fines de preservar las garantías contenidas en los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, luego del análisis del contenido de la denuncia, procede de seguidas a conocer la misma, bajo el supuesto de error de juzgamiento.
Dispositiva
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la ciudadana Keida Beatriz Rivero Martínez, contra la decisión proferida en fecha 25 de enero de 2016, por el Juzgado Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida. No hay condenatoria en costas, de conformidad a lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes identificado, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
prestaciones socialesindemnizaciónenfermedad ocupacionaldaño moralrecurso de casación