Sentencia N° 749 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de julio de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 0749, Exp. 13-1532, 28/07/2016
Expediente13-1532
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2016-07-28
DecisiónParcialmente Con Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró parcialmente con lugar el recurso de casación interpuesto por la sociedad mercantil Merck, S.A. contra la sentencia del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo. Se abordaron temas relacionados con el cálculo de indemnizaciones por despido injustificado y la correcta interpretación de las normas laborales aplicables, especialmente en lo que respecta a la remuneración por días de descanso y feriados. La Sala determinó que los actores devengaron un salario mixto, compuesto por una parte fija y otra variable, y que la empresa demandada no cumplió con las obligaciones salariales correspondientes.
Extracto de la motiva
Con relación con el vicio de errónea interpretación de ley, en sentencia de la Sala de Casación Social Nro. 394 de fecha 27 de junio de 2002, (caso: Luis Delgado contra Lagoven, S.A.) se sostuvo: La errónea interpretación de la ley existe cuando el juez, aun reconociendo la existencia y la validez de una norma apropiada al caso, eligiéndola acertadamente, equivoca la interpretación en su alcance general y abstracto, es decir, cuando no le da el verdadero sentido, haciendo derivar de ella consecuencias que no concuerdan en su contenido; en este sentido, debe entonces el formalizante en su escrito, expresar en qué consiste el error y cuál es en su concepto, la interpretación correcta de la norma. Del criterio anterior, se deduce que la interpretación errónea comprende por tanto, los errores de interpretación en los que puede incurrir el juez, en lo que se refiere a la hipótesis abstractamente prevista en la norma, como a la determinación de sus consecuencias legales, esto es, que el juez habiendo elegido acertadamente una norma yerra al interpretarla en su alcance general y abstracto. Así, existe error en la interpretación de la ley, en todos los supuestos en que, no obstante haberse aplicado la norma adecuada, no se atribuye su verdadero sentido, haciéndose derivar de ella consecuencias que no concuerdan en su contenido.
Dispositiva
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la sociedad mercantil Merck, S.A., contra la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 7 de agosto de 2013; SEGUNDO: ANULA el fallo recurrido; y TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA.