Sentencia N° 746 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de octubre de 2018

TSJ/SCS, Sent. N° 0746, Exp. 18-239, 10/10/2018
Expediente18-239
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2018-10-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia del 10 de octubre de 2018, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por los trabajadores contra la decisión del Juzgado Séptimo Superior del Circuito Judicial del Trabajo. La Sala anuló el fallo recurrido y declaró parcialmente con lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, argumentando que los trabajadores fueron despedidos sin justa causa antes de la culminación de la obra para la cual fueron contratados. Se ordenó el pago de indemnización por despido injustificado y se estableció que la empresa demandada debía pagar las prestaciones sociales adeudadas.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Social ha establecido que la falta de aplicación de una norma se verifica cuando el sentenciador niega la aplicación de una disposición legal que esté vigente a una determinada relación jurídica que se encuentra bajo su alcance. En el presente caso, se aprecia que la parte formalizante invoca un error de juzgamiento -falta de aplicación-, por cuanto si bien fue estimado por la sentenciadora una rescisión unilateral del contrato de obra determinada por parte de la entidad patronal, en la sentencia recurrida no fue acordado a favor de los trabajadores la indemnización de daños y perjuicios contenida en el artículo 83 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. La Sala considera que el actual accionante siendo empleado bajo contrato ordinario de trabajo, no podía ser despedido sino mediante las justificaciones que la ley prescribe para ello en el artículo 79 en adelante. Ello conduce a determinar entonces y por ende que, la extinción unilateral de la relación de trabajo por parte del patrono previo a la culminación de 'LA OBRA' 'extensión de la red domestica y construcción de líneas internas de gasificación de los Flores de Catia', sin justificación alguna en fecha 24 de marzo de 2015, no ha sido demostrada, antes bien, quedó demostrada la finalización de 'LA OBRA' acaeció en fecha 15 de septiembre de 2015 por lo que el patrono ha procedido a un despido sin justa causa.

Dispositiva

Se declara con lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandante; en consecuencia, se anula el fallo recurrido, resultando inoficioso conocer las restantes delaciones formuladas, puesto que de conformidad con lo previsto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, corresponde a esta Sala decidir el fondo de la presente controversia. Así se decide.

Palabras clave

cobro de prestaciones socialesdespido injustificadoindemnizacióncontrato de trabajo

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