Sentencia N° 740 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de mayo de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 0740, Exp. 07-341, 27/05/2008
Expediente07-341
PonenteJuan Rafael Perdomo
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-05-27
DecisiónHomologa
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a la exhortación de la Asamblea Nacional, se avocó al conocimiento de juicios laborales contra Coca-Cola Femsa de Venezuela. En el presente caso, se homologó una transacción entre el demandante José Antonio García Alcalá y la empresa demandada, donde se acordó el pago de una indemnización por accidente de trabajo. La Sala verificó que el acuerdo cumplía con los requisitos legales y se decidió otorgarle efectos de cosa juzgada.
Extracto de la motiva
Examinados los términos de la transacción, se evidencia que el demandante actuó con la asistencia debida de abogado, cumpliéndose con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso; que tanto en la mesa de conciliación y proceso realizado en este sentido, como en la manifestación escrita del acuerdo, actuó en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno y, que el documento presentado por ante esta Sala en la fecha mencionada, se encuentra debidamente circunstanciado en cuanto a la motivación de la transacción y derechos comprendidos, por lo que se acuerda concederle la homologación a la manifestación de voluntad presentada por las partes en este caso y el pase en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.
Dispositiva
HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano JOSÉ ANTONIO GARCÍA ALCALÁ y la sociedad mercantil COCA-COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A., en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada; y ORDENA los trámites procesales correspondientes para el archivo del expediente.
Palabras clave
indemnizaciónaccidente de trabajomediaciónconciliacióntransaccióncosa juzgadaderechos laborales