Sentencia N° 720 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de junio de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 0720, Exp. 05-233, 30/06/2005
Expediente05-233
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2005-06-30
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, desestima el recurso de casación interpuesto por la parte actora contra la decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo, que había declarado parcialmente con lugar el recurso de la parte demandada y sin lugar las demandas de varios actores. La Sala argumenta que no se evidencian vicios en la sentencia recurrida y que la decisión de la Alzada se ajusta a derecho, considerando que se cumplió con los requisitos de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
La Sala observa: Existe indefensión o menoscabo de formas sustanciales de los actos que menoscaben el derecho a la defensa de las partes, cuando por actos del tribunal se niega o dificulta a una de las partes el ejercicio, en los términos previstos en la ley, de la posibilidad de formular alegatos o defensas, de promover o evacuar pruebas, o de recurrir la sentencia que considere le causa un gravamen, en el caso bajo estudio, la indeterminación objetiva no es una forma procesal y, en consecuencia, no causa indefensión sino que constituye, en caso de verificarse, un vicio en los requisitos formales o intrínsecos de la sentencia. Lo anterior es razón suficiente para desestimar la denuncia bajo examen, no obstante, la Sala efectuó una revisión de la sentencia impugnada, evidenciando que ésta no adolece del vicio acusado, toda vez, que ante la existencia de un litisconsorsio activo de nueve trabajadores fue declarada sin lugar la pretensión de seis de los actores reclamantes y parcialmente con lugar la de los tres restantes por lo que es posible la ejecución del fallo con la fuerza de cosa juzgada que del mismo emana.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación propuesto por la parte actora contra la sentencia de fecha 25 de enero de 2005 proferida por el Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se condena en costas a la parte recurrente, de conformidad con lo previsto en los artículos 59 y 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
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