Sentencia N° 714 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de septiembre de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 0714, Exp. 11-177, 16/09/2013
Expediente11-177
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-09-16
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia de la Magistrada Sonia Coromoto Arias Palacios, decidió el recurso de casación interpuesto por Soni Cedeño contra la sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de Monagas. La Sala declaró con lugar el recurso, anulando la decisión recurrida y reconociendo la aplicabilidad de la Convención Colectiva Petrolera al caso del demandante, quien reclamaba diferencias en sus prestaciones sociales tras su salida de la empresa Weatherford Latin América, S.A.

Extracto de la motiva

En el ordinal 5º del artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, se determina la obligación de que toda sentencia debe contener una 'decisión expresa, positiva y precisa con arreglo a la pretensión deducida y a las excepciones o defensas opuestas, sin que en ningún caso pueda absolverse de la instancia'. El reseñado precepto normativo establece el llamado principio de congruencia, el cual sujeta al Sentenciador a no alterar el problema judicial debatido entre las partes, debiendo resolver sobre todo aquello alegado y probado por los sujetos integrantes de la litis. El incumplimiento de lo indicado anteriormente, hará padecer la sentencia del vicio de incongruencia. En este sentido, ha sido pacífica y reiterada la jurisprudencia de la Sala de Casación Social de este Alto Tribunal con respecto al vicio de incongruencia, la cual ha establecido '...no cumple el Tribunal con el principio de exhaustividad e incurre en el vicio de incongruencia, cuando no resuelve sobre todo lo alegado en el libelo y en la contestación, pues, la oportunidad para que las partes formulen sus alegatos está regida por el principio de preclusión.'

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora contra la sentencia dictada en fecha 17 de enero de 2011 por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas; SEGUNDO: Se declara la nulidad de la sentencia dictada en fecha 17 de enero de 2011 por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas; TERCERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano SONI CEDEÑO contra la empresa WEATHERFORD LATIN AMERICA, S.A.

Palabras clave

casaciónprestaciones socialesconvención colectivatrabajoincongruencia

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