Sentencia N° 704 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de mayo de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0704, Exp. 14-277, 28/05/2014
Expediente14-277
PonenteCARMEN ESTHER GÓMEZ CABRERA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Laboral
Fecha de la decisión2014-05-28
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara perecido el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, argumentando que la formalización del recurso fue presentada extemporáneamente. Se establece que el lapso para formalizar el recurso comenzó a contar desde el día siguiente al anuncio del mismo y que la parte demandada no cumplió con el plazo establecido por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Además, se condena en costas a la parte demandada recurrente.
Extracto de la motiva
El artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece un lapso de veinte (20) días consecutivos para formalizar el recurso de casación, y consagra como sanción a la inobservancia por parte del formalizante de dicho lapso, el perecimiento del recurso extraordinario. Asimismo considera esta Sala que se dejará correr además el término de la distancia correspondiente si la sede del Tribunal que dictó la decisión recurrida no se encuentra en la capital de la República y se computará a partir del día siguiente del vencimiento del término de cinco (5) días que se otorgan para el anuncio del recurso. En el caso específico, del cómputo practicado por la Secretaría de esta Sala, se evidencia que el lapso para formalizar este medio extraordinario de impugnación comenzó a correr el día siguiente a los cinco (5) días que se dan para el anuncio del mismo, es decir, en fecha veintinueve (29) de enero del año 2014 y venció el día diecisiete (17) de febrero del mismo año, observándose que la representación judicial de la parte demandada recurrente consignó extemporáneamente el escrito de formalización, en fecha veintiséis (26) de febrero del año 2014. Por tal motivo, atendiendo a lo preceptuado en el penúltimo aparte del mencionado artículo 171 de la Ley adjetiva Laboral, se declara perecido el recurso de casación anunciado y así se resuelve.
Dispositiva
Con fundamento en lo expuesto, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado por la parte demandada recurrente contra la sentencia emanada del el Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 20 de enero del año 2014. Se condena en costas a la parte demandada recurrente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
recurso de casaciónperecimientoplazos procesalesLey Orgánica Procesal del Trabajojusticia laboral