Sentencia N° 703 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de julio de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 0703, Exp. 09-1042, 01/07/2010
Expediente09-1042
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-07-01
DecisiónSin Lugar
Resumen
En esta sentencia, el Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Sergio Denis Valenzuela Mora contra la decisión del Tribunal Superior Tercero del Trabajo, que había declarado sin lugar el recurso de apelación de la parte actora y con lugar el de la parte demandada. La Sala argumenta que el recurso de casación es un medio extraordinario que busca la nulidad de fallos con vicios determinantes, y que el recurrente no cumplió con los requisitos de técnica casacional necesarios para su admisión.
Extracto de la motiva
El recurso de casación es un medio de impugnación extraordinario, mediante el cual se persigue la nulidad del fallo que contenga vicios determinantes, que hayan producido una insatisfacción e inseguridad jurídica que haga necesaria la intervención de este alto Tribunal con el fin de evitar la violación del marco jurídico establecido. Al intentarse dicho recurso extraordinario, quien recurre debe cumplir con ciertos requisitos para su formalización. Dichos requerimientos comprenden una adecuada técnica casacional, de manera que lo explanado por el recurrente sea diáfano, conciso, concreto y cumpla con los requisitos que establezca la ley para explicar en base a qué norma y por qué la sentencia impugnada contiene vicios capaces de anularla.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte actora contra la sentencia emanada del Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de fecha 14 de mayo del año 2009, reproducida el día 22 del mismo mes y año. No hay condenatoria en costas del recurso. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines legales consiguientes.
Palabras clave
prestaciones laboralesrecurso de casaciónderecho a la defensa