Sentencia N° 7 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de enero de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 0007, Exp. 09-080, 19/01/2012
Expediente09-080
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2012-01-19
DecisiónPARCIALMENTE CON LUGAR

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, anulando la sentencia del Juzgado Quinto Superior del Trabajo. Se establece que la demandante, Carolina Pabón Díaz, tiene derecho a la jubilación especial, reconociendo que cumplía con los requisitos necesarios al momento de su despido. Además, se ordena el pago de las pensiones dejadas de percibir, calculadas con base en el salario correspondiente y los aumentos acordados para jubilados.

Extracto de la motiva

La Sala observa con respecto al beneficio de jubilación, que la accionante para el momento de manifestar su voluntad de acogerse al plan de jubilación contaba con 41 años de edad, y con un tiempo de servicio dentro de la administración pública de 19 años, sin embargo, los requisitos mínimos exigidos para acogerse al beneficio de jubilación especial eran de 45 años de edad y de 15 años de servicio, pero se aceptó que la ciudadana Carolina Pabón Díaz, fuese incluida en un grupo para otorgar el beneficio de jubilación, aunque no tenía la edad requerida si tenía más de 15 años de servicio y cuya pensión quedaría en un 50%. Se advierte que para la fecha del despido de la ciudadana Carolina Pabón Díaz, 2 de noviembre de 2010, no había concluido el trámite referido al beneficio de jubilación especial, sin embargo, de las actas se aprecian que existen pronunciamientos tanto del Banco Industrial como del Ministerio del Poder Popular para las Finanzas, reconociendo que le correspondía dicho beneficio y que se continuará con los trámites. También se observa de las probanzas, un reconocimiento tácito por parte de la Directiva del Banco Industrial de Venezuela, pues luego de haber despedido a la ciudadana Carolina Pabón Díaz, ésta es reincorporada a laborar sin que mediara para ello un ente administrativo ni judicial que lo ordenara. El caso es que la decisión de reincorporación se realizó para la continuación con los trámites para obtener el beneficio de jubilación.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República, y por autoridad de la Ley, declara 1) CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia proferida por el Juzgado Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 19 de noviembre de 2008; 2) se ANULA el fallo recurrido, y; 3) se declara PARCIALMENTE CON LUGAR demanda. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

jubilacióndañosprocedimientotrabajoderechospensiones

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