Sentencia N° 7 — Sala de Casación Social del TSJ, 23 de enero de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 0007, Exp. 06-1430, 23/01/2007
Expediente06-1430
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-01-23
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada y sin lugar el recurso de casación contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo. La Sala argumentó que la sentencia recurrida acertadamente declaró la existencia de una relación de trabajo entre el demandante y el Consulado, y que la defensa de prescripción de la acción opuesta por la demandada no era procedente, dado que la demanda fue interpuesta dentro del lapso legal.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo, que no sean recurribles en casación y que violen o amenacen con violentar normas de orden público y/o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina de esta Sala, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. En el caso sub iudice, constata la Sala que la sentencia contra la cual se interpone el recurso de control de la legalidad, es recurrible en casación, toda vez que se desprende del libelo de demandada presentado en fecha 15 de febrero de 2001, que la cuantía fue estimada por el actor en la cantidad de treinta y tres millones novecientos treinta y ocho mil setecientos setenta y ocho bolívares (Bs. 33.938.778,oo), siendo que para ese momento se encontraba vigente el Decreto Presidencial Nº 1.029 de fecha 22 de enero de 1996, publicado en Gaceta Oficial Nº 36.884 de la misma fecha, el cual exigía una cuantía superior a tres millones de bolívares (Bs. 3.000.000,oo) para acceder a casación. En ese sentido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, debe la Sala necesariamente declarar inadmisible el excepcional recurso de control de la legalidad interpuesto y así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1) INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada en fecha 7 de julio de 2006 y 2) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la decisión de fecha 29 de junio de 2006 proferida por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. En consecuencia, se confirma el fallo recurrido.
Palabras clave
cobro de prestacionesrecurso de casaciónrelación laboralprescripción de la accióncontrol de la legalidadLey Orgánica Procesal del TrabajosentenciaJuzgado Superior