Sentencia N° 698 — Sala de Casación Social del TSJ, 20 de abril de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 0698, Exp. 04-1792, 20/04/2006
Expediente04-1792
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2006-04-20
DecisiónSIN LUGAR
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, casa de oficio la sentencia del Juzgado Tercero Superior que había declarado parcialmente con lugar la demanda de Freddy Rafael Cova contra Panamco de Venezuela, S.A. La Sala argumenta que la sentencia original incurrió en inmotivación al no considerar pruebas relevantes presentadas por las partes. Se establece que la transacción homologada ante la Inspectoría del Trabajo debe ser analizada en su totalidad para determinar el alcance de la cosa juzgada.
En el análisis del caso, la Sala concluye que el juez de alzada no examinó adecuadamente la transacción, lo que llevó a una incorrecta aplicación de la cosa juzgada. La decisión final de la Sala es declarar sin lugar la demanda de Freddy Rafael Cova, condenando en costas a la parte actora, y reafirmando que el despido no constituye un hecho ilícito que justifique indemnización por daños y perjuicios.
La sentencia resalta la importancia de la correcta valoración de las pruebas y la necesidad de que los jueces fundamenten adecuadamente sus decisiones, especialmente en materia laboral, donde los derechos de los trabajadores deben ser protegidos conforme a la ley.
Extracto de la motiva
Queda inmotivada la sentencia por haberse incurrido en silencio de pruebas cuando el Juez omite cualquier mención sobre una prueba promovida y evacuada por las partes que consta en las actas del expediente y cuando, a pesar de haberse mencionado su promoción y evacuación, el Juez se abstiene de analizar su contenido y señalar el valor que le confiere a la misma o las razones para desestimarla, siendo importante, además, que las pruebas promovidas y evacuadas por la parte en la oportunidad legal correspondiente, de ser silenciadas parcialmente en la sentencia recurrida, para que sea declarado con lugar el vicio por silencio de la prueba, la o las mismas deben ser relevantes para la resolución de la controversia, con base en disposiciones constitucionales, por aplicación del principio finalista y en acatamiento a la orden de evitar reposiciones inútiles, no se declarará la nulidad de la sentencia recurrida si la deficiencia concreta que la afecta no impide determinar el alcance subjetivo u objetivo de la cosa juzgada, o no hace imposible su eventual ejecución.
Respecto a la oposición de la cosa juzgada, ha sido criterio reiterado de la Sala recientemente ratificado en sentencia N° 260 de fecha 24 de marzo de 2004 que cuando, al decidir un juicio por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos derivados de la relación de trabajo, el juez encuentra que se ha alegado y probado la celebración de una transacción ante la Inspectoría del Trabajo y que la misma ha sido debidamente homologada, lo que debe hacer es determinar si todos los conceptos demandados se encuentran comprendidos en la transacción celebrada, pues sólo a éstos alcanza el efecto de cosa juzgada.
En el caso concreto, la Sala aprecia que el Tribunal de alzada examinó como punto previo la transacción suscrita por el demandante ciudadano Freddy Rafael Cova y Panamco de Venezuela, S.A. homologada por el Inspector del Trabajo el 18 de septiembre de 1997 sólo en lo referente a los conceptos cancelados y no a las declaraciones del trabajador y encontró que no todos los conceptos demandados se encontraban comprendidos en la transacción celebrada, pues sólo a éstos alcanza el efecto de cosa juzgada, de la cual está investida la transacción homologada por el Inspector del Trabajo, por lo que constituye ley entre las partes en los límites de lo acordado y es vinculante en todo proceso futuro (cosa juzgada material), en conformidad con el artículo 3°, Parágrafo Único, de la Ley Orgánica del Trabajo, razón por la cual declaró parcialmente con lugar la demanda.
Dispositiva
1º CASA DE OFICIO la sentencia definitiva publicada el 2 de noviembre de 2004, por el Juzgado Tercero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; y, 2°. SIN LUGAR la demanda intentada por el ciudadano FREDDY RAFAEL COVA, contra la sociedad mercantil PANAMCO DE VENEZUELA, S.A. hoy COCA-COLA FEMSA, S.A. Se condena en costas a la parte actora, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
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