Sentencia N° 685 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de marzo de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 0685, Exp. 06-862, 29/03/2007
Expediente06-862
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2007-03-29
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Aragua. La sentencia recurrida había declarado con lugar un recurso de apelación y ordenado la remisión del expediente al Juzgado a-quo, lo que fue considerado incorrecto por la Sala. La Sala determinó que lo adecuado era anular la sentencia apelada y pronunciarse sobre el fondo del litigio, lo que llevó a declarar con lugar el recurso de control de la legalidad.

Extracto de la motiva

La Sala observa que efectivamente tal y como lo alega la parte recurrente, el sentenciador de la recurrida revocó la sentencia apelada y ordenó remitir el expediente al Tribunal A-Quo para su pronunciamiento, cuando lo correcto era anular la sentencia apelada y pronunciarse sobre el fondo de la controversia. Con tal proceder, incurrió la recurrida en la infracción de los artículos 15 y 209 del Código de Procedimiento Civil, y 26 de la Constitución de la República, así como de la reiterada jurisprudencia emanada de esta Sala de Casación Social, tal y como lo alegó la parte recurrente, razón por la que se declara con lugar el presente recurso, lo cual acarrea la reposición de la causa al estado en que el Juzgado Superior que resulte competente conozca del presente asunto, tal como se expresará en la parte motiva del presente fallo.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 3 de mayo del año 2006, emanada del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Por consiguiente, ANULA el fallo recurrido dictado por el referido Juzgado, y REPONE la causa al estado de que el Juzgado Superior que resulte competente conozca del presente asunto.

Palabras clave

indemnizaciónaccidente de trabajocontrol de la legalidadrecurso de apelaciónprescripciónCódigo de Procedimiento Civiljurisprudencia

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