Sentencia N° 684 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de julio de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0684, Exp. 15-116, 12/07/2016
Expediente15-116
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-07-12
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, INVERSIONES LAS CANTERAS, C.A., contra la sentencia del Tribunal Superior Tercero del Trabajo. Se anula la decisión recurrida y se declara parcialmente con lugar la demanda interpuesta por el ciudadano HIPOLITO MORA ARAQUE. La Sala determina que la relación laboral finalizó por renuncia del trabajador y no por despido injustificado, lo que afecta la procedencia de ciertos conceptos reclamados por el actor. Se ordena la realización de experticias complementarias para determinar las diferencias salariales y prestaciones adeudadas, tomando en cuenta los aumentos salariales establecidos en la convención colectiva aplicable.

Extracto de la motiva

En atención a lo anterior se concluye, que la recurrida incurre en el vicio de error de interpretación de una norma jurídica, en particular la cláusula 35 de la mencionada convención colectiva de trabajo, toda vez que a partir del mes de junio de 2002 y de manera sucesiva todos los 1° de mayo de cada año hasta la finalización de la relación de trabajo, los cálculos efectuados son incorrectos producto de la errónea interpretación de la referida cláusula contractual por parte del juez de alzada, al mezclar el salario diario con el porcentaje mensual del 10%, lo cual incide de forma determinante en el dispositivo del fallo, siendo ello motivo para declarar procedente la presente denuncia. Así se declara. Al determinarse la procedencia de la denuncia examinada, resulta inoficioso el examen de las otras delaciones, así como de las invocadas en el escrito de formalización de la actora. De conformidad con lo previsto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se declara nula la decisión recurrida, por lo que esta Sala debe pronunciarse sobre el fondo de la controversia.

Dispositiva

En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada INVERSIONES LAS CANTERAS, C.A, contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en fecha 13 de agosto de 2014 y su aclaratoria de fecha 18 de septiembre de 2014. SEGUNDO: NULA la sentencia recurrida. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano HIPOLITO MORA ARAQUE, contra la sociedad mercantil INVERSIONES LAS CANTERAS, C.A.

Palabras clave

convención colectivaantigüedadsalarioprestacioneserror de interpretacióntrabajojusticia laboral

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