Sentencia N° 684 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de agosto de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0684, Exp. 15-618, 11/08/2015
Expediente15-618
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2015-08-11
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, decidió sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la codemandada CONSTRUCTORA MANDALAS C.A. contra una sentencia del Tribunal Séptimo Superior del Trabajo. La Sala analizó los requisitos de admisibilidad del recurso y concluyó que la sentencia recurrida se ajustaba a derecho, no vulnerando normas de orden público laboral. Por lo tanto, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad propuesto.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece los requisitos de admisibilidad del recurso de control de la legalidad, a saber: El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de tiempo y de forma antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: Denuncia la parte recurrente, que la recurrida incurrió en suposición falsa al indicar la existencia de la relación laboral con el ciudadano Ángel Rodríguez, ya que la empresa negó cualquier tipo de vínculo jurídico con los ciudadanos Justavo Cabrera, Ángel Rodríguez y Ronny Lyon, negando igualmente todos y cada uno de los conceptos reclamados por ellos, siendo que, a su decir, no se desprende de las actas, por no existir, elemento probatorio alguno, que vincule a su representada con el ciudadano Ángel Rodríguez, ni mucho menos aceptó la existencia de una relación civil con dicho ciudadano, como lo indica la recurrida, con lo cual infringió el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil, al dar por demostrado hechos con pruebas que no aparecen en autos.

Dispositiva

Declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia dictada en fecha 27 de abril del año 2015, por el Tribunal Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

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