Sentencia N° 679 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de agosto de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 0679, Exp. 13-704, 09/08/2013
Expediente13-704
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2013-08-09
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo. La decisión recurrida había declarado con lugar el recurso de apelación de la parte demandante, modificando la sentencia de primera instancia. La Sala analizó las alegaciones de la parte recurrente, que denunciaba violaciones a diversas normas laborales y constitucionales, pero concluyó que no se evidenció violación del orden público absoluto, declarando inadmisible el recurso.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público; ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, los cuales de conformidad con el artículo 165 eiusdem y según criterio plasmado en sentencia N° 569, emanada de esta Sala en fecha 29 de abril de 2008, caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Millenium, C.A., comenzarán a transcurrir una vez vencido el lapso que la ley otorga para publicar la sentencia, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos- formales exigidos sub iudice, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad: En el caso sub examine, denuncia la recurrente: La violación del artículo 12 del Código de Procedimiento Civil y 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, señalando que la recurrida no tomó en cuenta lo alegado y probado por su mandante, pues aunque habiendo otorgado valor probatorio a los acuerdos colectivos promovidos por la parte demandada, desconoce los hechos probados a través de ella, asimismo, la recurrida les da pleno valor probatorio a las resultas enviadas por Sodexho Venezuela Alimentación y Servicios Alservi, C.A., donde se demuestra que los trabajadores del tercer turno hasta la fecha de interposición de la demanda, disfrutaban de sus alimentos entre las dos de la mañana (2 a.m.) y tres de la mañana (3 a.m.), es decir, durante las horas que los trabajadores suspendían la prestación del servicio.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia proferida por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 8 de abril de 2013. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada.

Palabras clave

control de la legalidadsentenciatrabajoinadmisionrecursos

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