Sentencia N° 679 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de mayo de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 0679, Exp. 08-458, 05/05/2009
Expediente08-458
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-05-05
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia del 5 de mayo de 2009, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Eduardo Ferrer González contra la decisión del Tribunal Superior Cuarto del Trabajo del Estado Zulia, que había declarado sin lugar la apelación y confirmado el fallo apelado. La Sala argumentó que el recurrente no cumplió con los requisitos de técnica casacional necesarios para la formalización del recurso, lo que llevó a desestimar las denuncias presentadas por falta de fundamentación adecuada.

Extracto de la motiva

Es menester señalar, que el recurso de casación es un medio de impugnación extraordinario, mediante el cual se persigue la nulidad del fallo que contenga vicios determinantes, que hayan producido una insatisfacción e inseguridad jurídica que haga necesaria la intervención de este alto Tribunal con el fin de evitar la violación del marco jurídico establecido. Al intentarse dicho recurso extraordinario, quien recurre debe cumplir con ciertos requisitos para su formalización. Dichos requerimientos comprenden una adecuada técnica casacional, de manera que lo explanado por el recurrente sea diáfano, conciso, concreto y cumpla con los requisitos que establezca la ley para explicar en base a qué norma y por qué la sentencia impugnada contiene vicios capaces de anularla. En este sentido, la Ley Orgánica Procesal del Trabajo señala expresamente en su artículo 171 que: “Será declarado perecido el recurso, cuando la formalización no se presente en el lapso a que se contrae este artículo o cuando el escrito no cumpla con los requisitos establecidos” siendo uno de estos requisitos, como también lo indica la norma citada, la consignación por ante esta Sala de un escrito razonado, entendiéndose esto, el deber que tiene el recurrente de exponer, de manera clara y precisa los motivos por los cuales se pretende la nulidad de la sentencia recurrida, esto es lo, que la doctrina de casación llama “técnica para la formalización”.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación anunciado por la parte actora contra el fallo emanado del el Tribunal Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia de fecha 28 de septiembre del año 2007, reproducido el 01 de octubre del mismo año. De conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay condenatoria en costas del recurso a la parte actora recurrente.

Palabras clave

recurso de casaciónimpugnacióntécnica casacionalseguridad jurídicaLey Orgánica Procesal del Trabajofundamentaciónviciosformalización

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