Sentencia N° 678 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de agosto de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0678, Exp. 15-181, 11/08/2015
Expediente15-181
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-08-11
DecisiónHOMOLOGA la transacción celebrada

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la homologación de una transacción entre las demandantes y la parte demandada en un caso de cobro de prestaciones sociales. La decisión se basa en la verificación del cumplimiento de los requisitos legales establecidos en la Ley Orgánica del Trabajo. Se destaca que las partes actuaron con representación legal adecuada y que el acuerdo satisface las pretensiones de las demandantes.

Extracto de la motiva

Examinado el documento, se evidencia que las ex trabajadoras actuaron a través de apoderado judicial, con poder debidamente otorgado para ello (vid. folio 8 y 11, pieza 1), y la parte demandada a través de su representante judicial debidamente constituido y facultado para celebrar el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 154 del Código de Procedimiento Civil –aplicable por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo–, tal como se patentiza del instrumento poder que corre inserto a los folios 60 y 64 de la pieza 1 del expediente, cumpliéndose así con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso. Asimismo, el contrato se encuentra circunstanciado en cuanto a la motivación de la transacción y los derechos en ella comprendidos, los cuales se adecuan a los derechos y conceptos reclamados en el escrito libelar, quedando de manifiesto que se actuó en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, en consecuencia, se acuerda concederle la homologación a la declaración de voluntad presentada en este caso y el pase en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.

Dispositiva

HOMOLOGA la transacción celebrada entre las ciudadanas JULIANA ROSARIO DE MORALES y RAIZA GREGORIA FUENMAYOR ARGUINZONES, contra la unidad educativa privada INSTITUTO MONTESACRO, C.A., y solidariamente contra los ciudadanos NANCY JOSEFINA ESTEVES y RICARDO ULLOA ESTEVES, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola con autoridad de cosa juzgada.

Palabras clave

transaccióncosa juzgadaresolución de conflictoshomologaciónderechos laborales

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca