Sentencia N° 677 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de agosto de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 0677, Exp. 16-671, 01/08/2017
Expediente16-671
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-08-01
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 1 de agosto de 2017, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, BOHAI DRILLING SERVICE DE VENEZUELA, S.A., contra el fallo del Tribunal Superior Tercero del Circuito Judicial Laboral del estado Zulia. La sentencia de alzada había confirmado un fallo que declaró parcialmente con lugar la demanda de cobro de prestaciones sociales presentada por el ciudadano Nervín Gustavo Gutiérrez Palmera.
Extracto de la motiva
De conformidad con el artículo 168, numeral 2, de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, denuncia la violación de la máxima de experiencia que “distingue el hecho negativo definido, del hecho negativo indefinido o indeterminado”. Refiere la representación judicial de la demandada recurrente, que el presente juicio versa sobre la acción por cobro de diferencia de prestaciones sociales, interpuesta por el ciudadano Nervín Gustavo Gutiérrez Palmera, con fundamento en que resulta beneficiario del Contrato Colectivo Petrolero, hecho, que negó en la oportunidad de la contestación de la demanda; razón por la que el juez de alzada, debió tramitar su defensa como un hecho negativo absoluto, a los fines de establecer la distribución de la carga de la prueba y colocar en cabeza del actor la obligación de demostrar sus afirmaciones. No obstante, la recurrida sobre el particular, estableció: (…) que la negativa expuesta (…) posee intrínsecamente un hecho positivo contrario, lo que implica que admite prueba en contrario y por ende se trata de un hecho negativo definido que BOHAI DRILLING SERVICE VENEZUELA, S.A., no probo (sic), todo lo cual sirvió de fundamento para negar la apelación (…) y afirmar que el ciudadano NERWIN (sic) GUSTAVO GUTIÉRREZ PALMERA, estuvo amparado por la Convección Colectiva Petrolera.
Dispositiva
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación legal de la parte demandada, la sociedad mercantil BOHAI DRILLING SERVICE DE VENEZUELA, S.A., (anteriormente denominada Huabei Petroleum Services, S.A.) contra el fallo proferido por el Tribunal Superior Tercero del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha 15 de junio de 2016; SEGUNDO: CONFIRMA el fallo recurrido. De conformidad con el artículo 61 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se condena en costas a la parte demandada, en lo que respecta al ejercicio del recurso.
Palabras clave
cobro de prestaciones socialesrecurso de casaciónhecho negativocontrato colectivo