Sentencia N° 67 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de febrero de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 0067, Exp. 08-788, 06/02/2009
Expediente08-788
PonenteAlfonso Valbuena Cordero
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-02-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia homologó la transacción celebrada entre el ciudadano Jesús Alfonso Abrante y la empresa Coca Cola FEMSA de Venezuela, S.A., en el marco de un juicio por cobro de prestaciones sociales. La transacción fue presentada ante la Sala y se evidenció que el demandante actuó con la debida asistencia legal y de manera voluntaria, cumpliendo con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Trabajo. La decisión de la Sala implica que se concluye el litigio judicial de forma definitiva mediante un acuerdo transaccional, otorgándole efectos de cosa juzgada. Se ordena al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo que realice los trámites necesarios para el archivo del expediente, enfatizando que no hay condenatoria en costas para las partes involucradas. La Sala destaca la importancia de la participación y responsabilidad social de los sujetos en el acuerdo, en cumplimiento de los fines del bienestar social general, y reafirma que las obligaciones contraídas deben ser cumplidas conforme a lo pactado.

Extracto de la motiva

Examinados los términos de la transacción, se evidencia que el demandante actuó con la asistencia debida de abogado, cumpliéndose con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso; que tanto en la mesa de conciliación y proceso realizado en este sentido, como en la manifestación escrita del acuerdo, actuó en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno y, que el escrito presentado por ante esta Sala en la fecha mencionada, se encuentra debidamente circunstanciado en cuanto a la motivación de la transacción y derechos comprendidos, por lo que se acuerda concederle la homologación a la manifestación de voluntad presentada por las partes en este caso y el pase en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.

Dispositiva

1º) HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano JESÚS ALFONSO ABRANTE y la sociedad mercantil COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada 2º) ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que resulte competente, realice los trámites procesales correspondientes para el archivo del presente expediente.

Palabras clave

homologacióntransacciónprestaciones socialescosa juzgada

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