Sentencia N° 668 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de mayo de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0668, Exp. 13-082, 28/05/2014
Expediente13-082
PonenteARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-05-28
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 28 de mayo de 2014, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por las sociedades mercantiles demandadas contra la sentencia del Juzgado Sexto Superior del Trabajo. La sentencia de alzada había declarado parcialmente con lugar el recurso de apelación de las demandadas y modificado el fallo del Tribunal de Primera Instancia, que había declarado parcialmente con lugar la demanda de prestaciones sociales del actor. La Sala concluyó que el vicio alegado por las demandadas no fue determinante en el dispositivo del fallo, confirmando así la decisión del tribunal inferior.
Extracto de la motiva
(…), quien juzga observa que efectivamente la parte actora promovió documentales, en contra de las cuales no se ejerció medio de ataque alguno, constantes de copias simples de recibos de pago emanadas de la empresa codemandada a nombre del accionante (Folios 152 al 177 P. N° 1 del expediente), en las que se puede determinar que la empresa codemandada Sin Bandera C.A., a pesar de que incluía en dichos recibos, el concepto denominado comisión s/10% servicio, no realizó pago alguno por el mismo; así mismo se observa de las documentales referidas a facturas emanadas de la codemandada Sin Bandera C.A. (Folio 229 P. N° 1 del expediente), que la empresa, incluía en las mencionadas facturas, un concepto denominado Cargo por Servicio, correspondiente al 10% del valor de los alimentos consumidos por el cliente, según cálculo efectuado por esta alzada y siendo que la parte codemandada negó de manera absoluta el hecho de haber cobrado el 10% por servicio, y habiéndose constatado que efectivamente, la codemandada cobró éste concepto por consumo a los clientes, esta Alzada concluye que el actor cumplió con su carga de probar que la empresa codemandada cobró este concepto de 10% sobre el consumo, durante toda la relación laboral, en consecuencia, éste Tribunal Superior, declara procedente lo reclamado por la parte accionante en cuanto al concepto de 10% por Comisión por Servicio, en su escrito libelar (ver folio 35 y 36 pieza Nro. 1), por lo que debe incluirse éste concepto en el salario tomado como base para la determinación de los beneficios laborales que le corresponden al accionante, conforme a los montos establecidos por él en el escrito libelar como “Promedio Consumo 10% no Pagado” (Folio N° 06 P N° 1 del expediente), durante toda la relación laboral, asimismo, se ordena a las codemandadas a pagar al actor la cantidad reclamada por concepto de 10% por consumo, es decir, la cantidad de Bs. 133.550,00, por cuanto el tiempo que duro la relación de trabajo, en la cual se desempeñó como Mesonero y posteriormente como Capitán de Mesoneros, no le fue pagado este concepto mes a mes, por lo cual se ordena su pago. Así se establece.-
Dispositiva
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por las sociedades mercantiles Sin Bandera, C.A., La Sabana 2003, C.A., e Inversiones Romachacao 2004, C.A., contra la sentencia dictada por el Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 7 de diciembre de 2012; SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia recurrida.