Sentencia N° 667 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de mayo de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0667, Exp. 12-1495, 28/05/2014
Expediente12-1495
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-05-28
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 28 de mayo de 2014, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por un grupo de ex trabajadores de Laboratorios Vargas, S.A. contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo, que había confirmado la defensa de prescripción de la acción y declarado sin lugar la demanda. La Sala argumentó que la prescripción no fue interrumpida por las actuaciones ante la Asamblea Nacional, ya que no se identificaron adecuadamente a los trabajadores reclamantes y no hubo un acuerdo de pago por parte de la empresa demandada.
Extracto de la motiva
El error en la interpretación de la Ley ocurre cuando el juez aun reconociendo la existencia y validez de la norma que ha seleccionado apropiadamente, yerra en la determinación de su verdadero alcance general y abstracto, haciéndose derivar de ella consecuencias que no resultan de su contenido. Del contexto de la denuncia, se desprende que la parte actora alega que la empresa demandada incurrió en un acto de renuncia tácita de la prescripción, en virtud del reclamo planteado ante la Sub Comisión de Asuntos Laborales, Gremiales y Sindicales de la Asamblea Nacional, por lo que a, su juicio, el lapso previsto para el ejercicio de las acciones derivadas del vínculo laboral debe computarse a partir de dicha oportunidad, y no a partir de la fecha de terminación del vínculo laboral.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte actora contra la sentencia proferida por el Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 26 de septiembre de 2012; SEGUNDO: FIRME el fallo recurrido. De conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se exime de condenatoria en costas a los trabajadores demandantes.
Palabras clave
casaciónprescripciónderechos laboralesrecurso de apelación