Sentencia N° 665 — Sala de Casación Social del TSJ, 22 de junio de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 0665, Exp. 10-783, 22/06/2010
Expediente10-783
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2010-06-22
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 22 de junio de 2010, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Juan de Dios Petit Urdaneta contra la sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de Lara, que había confirmado la decisión de primera instancia que declaró con lugar la defensa de prescripción opuesta por la demandada. La Sala argumentó que la sentencia recurrida no incurre en violaciones de normas de orden público que justifiquen la nulidad de la decisión impugnada.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, de manera taxativa, consagra los requisitos de admisibilidad del recurso extraordinario de control de la legalidad, los cuales deben ser constatados para la procedencia del mismo. En tal sentido, la Sala verificará que la sentencia contra la cual se recurre: 1) provenga de un Tribunal Superior; 2) que no sea recurrible en casación; 3) que la solicitud se interponga ante el Tribunal Superior correspondiente, en un escrito que no deberá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos; 4) que dicha sentencia violente o amenace violentar las normas de orden público, y 5) que el recurso sea solicitado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo en cuestión. Del mismo modo, tratándose el recurso de control de la legalidad de un medio de impugnación de naturaleza extraordinaria, esta Sala de Casación Social debe restringir, de conformidad con la potestad discrecional que le otorga el artículo 178 de la Ley Adjetiva del Trabajo, la admisibilidad del mismo, especialmente en aquellas circunstancias donde se pretendan violaciones o amenazas al derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o normas adjetivas que menoscaben el derecho a la defensa y al debido proceso.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia proferida por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, en fecha 7 de mayo de 2010. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión.