Sentencia N° 658 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de junio de 2004

TSJ/SCS, Sent. N° 658, Exp. 04-222, 10/06/2004
Expediente04-222
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2004-06-10
DecisiónADMISIBLE

Resumen

La Sala de Casación Social se pronuncia sobre la admisibilidad de un recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Silvio Luis Torres Salas contra una decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Carabobo. La sentencia de alzada había declarado con lugar la defensa de prescripción invocada por la demandada y sin lugar la demanda, lo que motivó el recurso del demandante. La Sala verifica el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad y concluye que el recurso es admisible, ordenando seguir el procedimiento correspondiente.

Extracto de la motiva

Esta Sala de Casación Social en fecha 20 de febrero del año 2003, señaló, de conformidad con el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, los requisitos de admisibilidad del especialísimo recurso de control de la legalidad, expresando lo que a continuación se transcribe: “1.- Que se trate de sentencias emanadas de Juzgados Superiores laborales; 2.- Que no sean impugnables en casación; 3.- Que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público; y 4.- Que resulten contrarias a la jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Social. Además de ello para su admisibilidad se requiere verificar: 1.- La oportunidad para su interposición, es decir, que sea solicitado el recurso de control de la legalidad dentro de un lapso preclusivo de cinco (5) días, contado por días de despacho, siguientes a la fecha en que sea dictada la sentencia sujeta a revisión; y 2.- La extensión del escrito, es decir, que no exceda de tres (3) folios útiles y sus vueltos.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara ADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante contra la decisión de fecha 07 de enero del año 2004 emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo con sede en la ciudad de Valencia. En consecuencia, a partir de la publicación del presente auto comenzará a correr un lapso de veinte (20) días calendarios consecutivos, para que la otra parte pueda consignar su contestación al recurso. Una vez concluida la sustanciación, la Sala fijará día y hora para que tenga lugar la audiencia oral, pública y contradictoria.

Palabras clave

control de legalidadprescripciónindemnizaciónprestaciones socialesjurisprudenciarecursotrabajoadmisibilidad

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca