Sentencia N° 648 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de marzo de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 0648, Exp. 06-1344, 27/03/2007
Expediente06-1344
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de legalidad
Fecha de la decisión2007-03-27
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de legalidad interpuesto por Jesús María Mendoza Rodríguez contra la decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Táchira, que había declarado sin lugar un recurso de apelación. La Sala analizó los fundamentos del recurso, que alegaba violaciones a normas de orden público y derechos laborales, pero concluyó que la decisión impugnada se ajustaba a derecho y no se evidenció violación alguna a las normas citadas. Por lo tanto, se declaró inadmisible el recurso.

Extracto de la motiva

Como fundamento del recurso, esgrimió el impugnante que la decisión recurrida violentó normas de orden público al no aplicar debidamente el artículo 135 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y al infringir el artículo 91 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 131 y 132 de la Ley Orgánica del Trabajo. Al respecto, expuso lo siguiente: La presente acción se inició por demanda, con la cual se pretendía la repetición de las sumas de Dinero ilegalmente descontadas del Salario de mi representado y el pago de los Intereses producidos por dicha suma, como consecuencia del Extravió (sic) de un Extintor de Incendio, en la factoría donde mi representado labora para la demandada TENERÍA RUBIO C.A., cantidades que fueron repetidas y satisfechas por dicha empresa después de citada en la causa y antes de la audiencia preliminar conciliatoria. De otra parte pretendíamos la indemnización de los daños morales sufridos por mi representado originados en los hechos señalados en el libelo, en el cual consta que la empresa TENERÍA RUBIO C.A. el día 9 de Marzo de 2005, a consecuencia del Extravió (sic) del Extintor de Incendios en la factoría de la misma, ubicada en el Barrio la Victoria parte baja de Rubio, publicó en la cartelera de la misma un AVISO; donde anunció el Extravió (sic) en referencia y que por tal motivo descontaría a unos trabajadores de la misma el valor del Extintor de Incendio del Salario de los involucrados en dicho hecho, entre los cuales se encontraba mi representado. Hecho ilícito o extravió (sic) en el cual mi poderdante no tenía ninguna participación, exponiéndolo al desprecio de sus compañeros, con cuya acción la empresa le daña en su honor y reputación al indagarle (sic) ser autor de una falta de probidad en el trabajo. Daños morales estimados en la cantidad de SESENTA MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 60.000.000.00).

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora, contra la decisión proferida por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 6 de julio de 2006. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

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