Sentencia N° 647 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de abril de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 0647, Exp. 05-1743, 04/04/2006
Expediente05-1743
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-04-04
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, anula el fallo del Juzgado Superior Primero del Trabajo que había declarado parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada. La Sala concluye que la sentencia recurrida infringió normas sobre la interrupción de la prescripción, dado que se presentó evidencia de un pago realizado por el patrono que constituye un reconocimiento de la deuda por prestaciones sociales. Por lo tanto, se declara con lugar el recurso de control de la legalidad y se ordena el pago de la cantidad adeudada al demandante.
Extracto de la motiva
La sentencia proferida por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 27 de septiembre del año 2005, en su parte pertinente estableció: …De la revisión de las actas procesales se observa que la relación laboral entre las partes se inició el 01 de Septiembre de 1995 y concluyó el 15 de Diciembre de 1998. La demanda fue interpuesta por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en fecha 21 de Febrero de 2000, es decir cuanto ya había operado la prescripción de Ley, pues transcurrió un (1) año, dos (2) meses y seis (06) días. Por otra parte, la citación de la demandada se produce el día 11 de abril de 2000, según consta al folio siete (07) del expediente, por lo que ya había excedido el tiempo establecido en la Ley Orgánica del Trabajo para interrumpir la prescripción, a la luz de la norma contenida en el artículo 64 de la Ley Orgánica del Trabajo, literal a), precedentemente transcrito. Ahora bien, la Juez A-Quo consideró que la copia fotostática del cheque que cursa al folio 51 del expediente, constituye, en base al artículo 1.973 del Código Civil, un elemento que interrumpió la prescripción alegada, y en base a ello declaró Sin Lugar la defensa y Con Lugar la demanda ejercida. No encuentra esta sentenciadora ningún elemento que cree convicción al respecto, toda vez que a la referida copia fotostática no se acompañó documento alguno del cual se evidencia efectivamente el pago de prestaciones sociales, ni ningún compromiso de pago al trabajador hecho por la empresa, o finiquito…
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1°) CON LUGAR el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte actora. Por consiguiente, ANULA el fallo dictado en fecha 27 de septiembre del año 2005 por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, de conformidad con el artículo 179 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; y 2°) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano José Vicente Gorrín contra Autotapicería y Distribuidora Royal, C.A.. En consecuencia, se ordena a la parte demandada pagar a la parte actora la cantidad de OCHOCIENTOS VEINTISIETE MIL OCHENTA Y DOS BOLÍVARES CON SESENTA CÉNTIMOS (Bs. 827.082,60), más los intereses y corrección monetaria que resulte de la experticia complementaria del fallo.
Palabras clave
prestaciones socialesprescripciónreconocimiento de deudacobrorelación laboralcontrol de la legalidadsentenciatrabajo