Sentencia N° 640 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de julio de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 0640, Exp. 15-444, 28/07/2017
Expediente15-444
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-07-28
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por la sociedad mercantil Ruscino Díaz, C.A. (RUDICA) contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo. Se anula la decisión recurrida y se declara parcialmente con lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales e indemnización derivada de accidente de trabajo. La sentencia establece que el accidente sufrido por el demandante, Carlos Javier Valecillos Verbel, fue consecuencia de la falta de cumplimiento de las normas de seguridad laboral por parte de la empresa demandada, lo que le ocasionó una discapacidad total y permanente para el trabajo habitual.

Extracto de la motiva

Esta Sala de Casación Social, por razones de orden metodológico, modifica el orden en que fueron presentadas las denuncias y procederá a conocer la última de ellas. En amparo del artículo 168, numeral 2 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil, quien recurre denuncia el vicio de suposición falsa. En este contexto, expresa la parte formalizante que el sentenciador de la recurrida transgredió la uniformidad e integridad de la jurisprudencia de la Sala de Casación Social, al conferirle valor probatorio a hechos y circunstancias que no comprueban la existencia de un hecho ilícito de la empresa, para ser condenada al pago de las indemnizaciones previstas en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT), por responsabilidad subjetiva, y considerar que el trabajador, a través del informe del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), demostró el hecho ilícito patronal por haber omitido la accionada el cumplimiento de las normas laborales, cuando las mismas no prueban la relación de causalidad entre la conducta del patrono y el daño, es decir, el supuesto accidente de trabajo.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la sociedad mercantil Ruscino Díaz, C.A. (RUDICA), contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha 17 de marzo de 2015, SEGUNDO: SE ANULA la decisión recurrida. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA por cobro de diferencia de prestaciones sociales, indemnización derivada de accidente de trabajo y otros conceptos laborales, interpuesta por el ciudadano Carlos Javier Valecillos Verbel, contra la sociedad mercantil Ruscino Díaz, C.A. (RUDICA).

Palabras clave

accidente de trabajoindemnizaciónprestaciones socialesresponsabilidad patronal

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