Sentencia N° 64 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de febrero de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 064, Exp. 15-1009, 19/02/2016
Expediente15-1009
PonenteJesús Manuel Jiménez Alfonzo
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2016-02-19
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronunció sobre la admisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por Ricardo José Rodríguez contra la sentencia del Tribunal Superior Segundo del Trabajo de Lara. La Sala determinó que la decisión impugnada se ajusta a derecho y no revela violaciones a normas de orden público, por lo que declaró inadmisible el recurso. La Sala destacó la naturaleza excepcional del recurso y la discrecionalidad en su admisión, enfatizando la importancia de proteger los derechos laborales.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo contempla el recurso de control de la legalidad como un medio de impugnación excepcional, al establecer que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun cuando no sean recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de orden público, circunstancias que configuran algunos de los requisitos de admisibilidad de dicho recurso. Además, la admisión del recurso in comento exige verificar que el mismo haya sido interpuesto mediante escrito cuya extensión no debe ser mayor de tres (3) folios útiles y sus vueltos, así como su tempestividad, por cuanto la referida norma establece para su interposición, el lapso preclusivo de cinco (5) días de despacho a partir de la fecha en que se publicó la sentencia sujeta a revisión. Adicionalmente, es necesario dejar sentado que, tratándose de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala restringir su admisibilidad, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el citado artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, especialmente a aquellas situaciones donde se denuncie la violación de disposiciones de orden público.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial del ciudadano Ricardo José Rodríguez, contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara en fecha 8 de abril del 2015. Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
control de la legalidadinterpretación de normasrecursostrabajojurisprudencia