Sentencia N° 64 — Sala de Casación Social del TSJ, 20 de febrero de 2003
TSJ/SCS, Sent. N° 64, Exp. 02-519, 20/02/2003
Expediente02-519
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Laboral
Fecha de la decisión2003-02-20
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, dictó sentencia en el recurso de casación interpuesto por Francisco José Dávila Avendaño contra la decisión del Juzgado Superior Primero en lo Civil, que había declarado sin lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales. La Sala consideró que la parte demandada no cumplió con la carga de la prueba al alegar la falta de relación laboral, lo que llevó a la anulación del fallo recurrido y a la reposición de la causa para que se dicte una nueva decisión conforme a derecho.
Extracto de la motiva
La parte demandada, al dar contestación a la demanda, opuso en primer término la falta de cualidad del demandante para intentar la acción y de ella misma, por no haber sido patrono, conforme a lo previsto en el artículo 361 del Código de Procedimiento Civil, por no haber exigido ningún vínculo o relación laboral, sin ninguna otra explicación. En segundo término y como defensa de fondo, niega y rechaza en forma genérica los argumentos plasmados en el libelo de la demanda y los conceptos laborales en él accionados, también en forma genérica. Solo agregó como hechos nuevos lo siguiente: '...El Banco Hipotecario de Occidente C.A. le asignaba casos al accionante, para que como abogado en ejercicio libre de la profesión, de manera autónoma e independiente realizara desde su propia oficina o bufete las gestiones de cobro a que hubiere lugar (...) Posteriormente a los fines de las gestiones de cobro, encomendadas en su carácter de mandatario, le fue otorgado poder judicial con las facultades allí conferidas... Niego y rechazo que el ciudadano demandante hubiere laborado para la Institución que represento (...) con una evidente subordinación laboral, como lo expresa en su escrito, ya que como mandatario o apoderado judicial, realizaba las gestiones pertinentes de los casos, de conformidad con su propio criterio y total discrecionalidad, sin que se le impartiera instrucción sobre la modalidad o mecanismo que debería implementar para ello.'
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte actora contra la sentencia definitiva emanada del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, de Menores y Amparo Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 27 de junio de 2002. En consecuencia, anula el fallo recurrido y repone la causa al estado de que el Juez Superior que resulte competente dicte nueva decisión.
Palabras clave
cobro de prestacionesrelación laboralcarga de la pruebainfracción de leysentencia de casaciónderechos laboralesdefensa de fondo