Sentencia N° 633 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de junio de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 0633, Exp. 13-1211, 30/06/2016
Expediente13-1211
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion
Fecha de la decisión2016-06-30
DecisiónCON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora; se anula el fallo recurrido; y, PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada.
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Marjorie Calderón Guerrero, decidió a favor del demandante, Joseph Elie Tabanji Sayegh, en el recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de Monagas. La decisión anula el fallo recurrido y declara parcialmente con lugar la demanda por diferencias en prestaciones sociales. La Sala argumenta que la sentencia recurrida no aplicó correctamente la Cláusula 68 de la Convención Colectiva Petrolera, que establece derechos laborales específicos para trabajadores bajo el sistema de guardias 7x7.
Extracto de la motiva
La Sala observa: En primer lugar, se advierte que el recurrente incurre en falta de técnica en la formalización al no señalar expresamente la infracción de ley (falsa aplicación, falta de aplicación o error de interpretación), en la cual considera incurrió la recurrida. No obstante esto, en virtud de los derechos constitucionales de acceso a la justicia y derecho a la defensa, evitando en incurrir en denegación de la justicia por formalismos no esenciales, la Sala resolverá los argumentos contenidos en la denuncia. Señala el recurrente que la alzada no le acordó los conceptos previstos en la Cláusula 68 de la Convención Colectiva Petrolera, como son las cuatro (4) horas extras diarias, para los trabajadores que laboren por guardias 7x7, y por el contrario, aplicó el criterio establecido por la Sala de Casación Social en la sentencia N° 209 de 7 de abril de 2005, caso: Henry Vargas contra Tucker Energy Services de Venezuela, S.A., según el cual, la parte actora tiene la carga de probar los alegatos referidos a circunstancias excepcionales, como las horas extras, lo cual no se ajusta a este caso concreto, pues la jornada con cuatro horas extraordinarias diarias está expresamente dispuesta convencionalmente en la Cláusula 68 referida para el sistema de trabajo por guardias 7x7.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora contra la sentencia dictada en fecha 12 de julio de 2013 por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas; SEGUNDO: Se anula el fallo recurrido; y, TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano JOSEPH ELIE TABANJI SAYEGH, contra la sociedad mercantil C.N.P.C. SERVICES VENEZUELA L.T.D., S.A.