Sentencia N° 630 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de marzo de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 0630, Exp. 05-954, 27/03/2007
Expediente05-954
PonenteLuis E. Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2007-03-27
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la sociedad mercantil CANTV contra una sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La decisión de la Sala fue declarar inadmisible el recurso, argumentando que no se evidenció violación de normas de orden público ni de la doctrina jurisprudencial de la Sala. Se destacó que el recurso no cumplía con los fines establecidos para su admisibilidad.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo, que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público y/o la reiterada doctrina de esta Sala, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la sentencia sujeta a revisión, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos-formales señalados supra, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, y al respecto observa: Denuncia la representación judicial de la demandada recurrente la infracción de los artículos 5, 159 y 161 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, así como de los artículos 12 y 243, ordinal 5° del Código de Procedimiento Civil –con la consecuente violación de los derechos al debido proceso y a la defensa–, toda vez que el juzgador de alzada entendió que la accionada había limitado el recurso de apelación a los puntos expuestos en la audiencia oral; en consecuencia, delata que el juez se abstuvo de revisar en su integridad el problema judicial planteado, tal como debía hacerlo, según afirma, al haber sido oída la apelación en ambos efectos.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social (Accidental), administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil demandada, Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV), contra la sentencia de fecha 16 de mayo de 2005, emanada del Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
control de la legalidadpensión de jubilaciónLey Orgánica Procesal del Trabajoderecho al debido procesoapelaciónintereses moratoriosindexación