Sentencia N° 629 — Sala de Casación Social del TSJ, 20 de junio de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 0629, Exp. 11-439, 20/06/2012
Expediente11-439
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2012-06-20
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por Miguel Ramón Mora Mora contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo, que había confirmado la decisión de declarar prescrita la acción de cobro de prestaciones sociales. La Sala argumenta que no se demostró la continuidad de la relación laboral entre el demandante y la Alcaldía desde noviembre de 2006 hasta la presentación de la demanda en 2010, y que la acción se encontraba prescrita conforme a la Ley Orgánica del Trabajo.

Extracto de la motiva

El vicio de inmotivación por silencio de pruebas implica que el Juez haya omitido cualquier mención sobre una prueba promovida y evacuada por las partes, y cuando a pesar de haberse mencionado su promoción y evacuación, el juez se abstiene de analizar su contenido y señalar el valor que le confiere a la misma o las razones para desestimarla, siendo tal omisión determinante en el dispositivo del fallo (vgr. Sentencia Nº 2162 del 25 de octubre de 2007, caso: Juana Tibisay Sandoval Sifontes, contra Hornos Eléctricos De Venezuela, S.A.). En el caso sub examine se discute sobre la prescripción de la acción derivada de la relación de trabajo, entre el ciudadano Miguel Ramón Mora Mora, y la Alcaldía del Municipio Ezequiel Zamora del Estado Barinas, desde el 15 de mayo de 2001 hasta el mes de enero de 2010. La parte actora alegó que prestó servicios personales e ininterrumpidos para la Alcaldía del Municipio Ezequiel Zamora del Estado Barinas, desde el 15 de mayo de 2001 hasta el 4 de enero de 2010, desempeñándose como vigilante y cumpliendo un horario de 12 horas diarias, hasta que fue despedido injustificadamente.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial del ciudadano Miguel Ramón Mora Mora, contra la sentencia publicada el 22 de febrero de 2011 por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.

Palabras clave

cobro de prestaciones socialesprescripciónrelación laboral

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