Sentencia N° 628 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de agosto de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0628, Exp. 12-946, 04/08/2015
Expediente12-946
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-08-04
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por Fermín Octavio Jiménez Martínez contra la decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo, que había declarado parcialmente con lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales. La Sala analizó las denuncias de inmotivación y de incongruencia negativa, concluyendo que el juez de alzada había examinado adecuadamente las pruebas y que no había incurrido en los vicios alegados. Se confirmó la decisión recurrida, manteniendo la condena a la demandada por las prestaciones solicitadas.

Extracto de la motiva

En forma reiterada y pacífica se ha definido el vicio de inmotivación por silencio de prueba como el producido por los jueces cuando omiten el examen total o parcial de las pruebas promovidas, pues están quebrantando el deber de analizar todo material probatorio que consta en los autos, en los términos del artículo 509 del Código de Procedimiento Civil. Queda inmotivada la sentencia por haberse incurrido en silencio de pruebas cuando el juez omite cualquier mención sobre una prueba promovida y evacuada por las partes, que consta en las actas del expediente y cuando, a pesar de haberse mencionado su promoción y evacuación, el juez se abstiene de analizar su contenido y señalar el valor que le confiere a la misma o las razones para desestimarla, siendo importante, además, que las pruebas promovidas y evacuadas por la parte en la oportunidad legal correspondiente, de ser silenciadas parcialmente en la sentencia recurrida, para que sea declarado con lugar el vicio por silencio de la prueba, la o las mismas deben ser relevantes para la resolución de la controversia, con base en disposiciones constitucionales, por aplicación del principio finalista y en acatamiento a la orden de evitar reposiciones inútiles, no se declarará la nulidad de la sentencia recurrida si la deficiencia concreta que la afecta no impide determinar el alcance subjetivo u objetivo de la cosa juzgada, o no hace imposible su eventual ejecución.

Dispositiva

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por el actor, contra el fallo emitido por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 20 de enero de 2011. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión recurrida mediante la cual se declaró parcialmente con lugar la demanda interpuesta por el ciudadano Fermín Octavio Jiménez Martínez contra la sociedad mercantil Transporte Guss 108, C.A.

Palabras clave

silencio de pruebainmotivaciónvaloración de pruebasjuezmateria laboralCódigo de Procedimiento CivilLey Orgánica Procesal del Trabajo

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