Sentencia N° 627 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de junio de 2011

TSJ/SCS, Sent. N° 0627, Exp. 11-642, 07/06/2011
Expediente11-642
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de legalidad
Fecha de la decisión2011-06-07
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de legalidad interpuesto por la Gobernación del Estado Trujillo. La decisión se basa en la interpretación del artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que permite a la Sala conocer sentencias de Tribunales Superiores que, aunque no cumplan con los requisitos para casación, puedan violar normas de orden público. En este caso, se determinó que la sentencia impugnada no vulnera tales normas.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece que esta Sala de Casación Social, a través del recurso extraordinario de control de la legalidad intentado por las partes, puede conocer las sentencias dictadas por los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun cuando no llenen los requisitos para acceder a casación, violenten o amenacen con violentar normas de orden público. Aunado a lo anterior, la admisibilidad de este recurso extraordinario exige verificar que haya sido interpuesto a través de escrito con una extensión no mayor de tres (3) folios útiles y sus vueltos, así como su tempestividad, por cuanto la referida disposición establece un lapso preclusivo de cinco (5) días de despacho siguientes a la fecha en que se publicó la sentencia sujeta a revisión. Adicionalmente, es oportuno dejar sentado que, tratándose de un recurso de naturaleza extraordinaria, corresponde a esta Sala de Casación Social, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el citado artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, restringir su admisibilidad, especialmente a aquellas circunstancias donde se pretenda la violación de disposiciones de orden público.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia publicada por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en fecha 2 de marzo de 2011. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.

Palabras clave

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