Sentencia N° 618 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de abril de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 0618, Exp. 08-683, 30/04/2009
Expediente08-683
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-04-30
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en la sentencia dictada el 30 de abril de 2009, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por Rafael Enrique Gordillo Delgado contra el fallo del Tribunal Superior Tercero del Trabajo del Estado Bolívar, que había confirmado la decisión del Juzgado Primero de Transición de Primera Instancia de Juicio del Trabajo. La controversia se centró en la admisión de pruebas y la valoración de las mismas, así como en la determinación del carácter salarial de ciertos beneficios laborales. La Sala concluyó que el ad quem no incurrió en infracciones que afectaran el dispositivo del fallo, manteniendo la decisión de la instancia inferior.
Extracto de la motiva
motivación alguna. Igualmente negó la admisión de la prueba de experticia y la Inspección judicial por impertinente; También sin motivación alguna, negó la admisión de la prueba libre por ilegal. Dicho auto fue recurrido en Apelación, siendo confirmada la decisión de primera instancia. Con tal negativa se negó al demandante el derecho a probar, violándose el debido proceso referido a la garantía de interpretación justificada y razonable de la norma más favorable al derecho a la defensa, pues como ha sostenido nuestra Sala Constitucional, el juez puede en la sentencia definitiva evaluar la utilidad, pertinencia y licitud de los IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 2 de 33 medios aportados por las partes. El vicio es determinante para el dispositivo porque el demandado no pudo probar que el Dr. Rafael Chavero ya no ejercía como médico legista de la zona y por ende no se encontraba en la sede de la Inspectoría del Trabajo para que indicara el fundamento científico de los informes de capacidad suscritos por el (sic); las razones por las que la Dra. Yndira Cordoliani, no pudo tramitar oportunamente la incapacidad laboral del Trabajador por ante el IVSS; con la inadmisión de la prueba de experticia se impidió probar el daño sufrido en la humanidad del trabajador, el carácter profesional así como las consecuencias de las mismas y con la inadmisión (…) de la Prueba Libre se impidió obtener el informe sobre Condiciones de Riesgo de la empresa. Es por ello que se solicita la nulidad de todo el proceso y consecuente reposición al estado de admitir dichas pruebas. Para decidir, la Sala observa: Del contexto de la denuncia, se colige que lo pretendido por el actor es atacar la infracción del artículo 291 del Código de Procedimiento Civil, relativa al ejercicio del recurso de apelación contra la sentencia interlocutoria dictada por el Juzgado Primero de Transición de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar,
Dispositiva
Se declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación legal de la parte actora Rafael Enrique Gordillo Delgado, contra el fallo proferido por el Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 25 de julio de 2007; se CONFIRMA el fallo recurrido.
Palabras clave
prestaciones socialescasaciónderecho laboraldue process