Sentencia N° 617 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de junio de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0617, Exp. 15-174, 29/06/2016
Expediente15-174
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-06-29
DecisiónPARCIALMENTE CON LUGAR

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia de la Magistrada Marjorie Calderón Guerrero, decidió sobre un recurso de casación interpuesto por Yaditza Rosendo contra la decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo que había declarado sin lugar su apelación. La Sala encontró que la recurrida incurrió en infracción al no reconocer la indemnización por daño moral, a pesar de que se comprobó la existencia de una enfermedad ocupacional que causó una discapacidad total y permanente a la actora.

Extracto de la motiva

En el caso concreto, del análisis del libelo y de la contestación de la demanda, quedó admitida la relación laboral y la fecha de inicio, la enfermedad ocupacional agravada por el trabajo, la discapacidad y que le fue otorgado el beneficio de jubilación. De conformidad con los hechos alegados por las partes en el libelo y la contestación, la presente controversia está circunscrita a determinar la procedencia de los conceptos laborales pretendidos por la actora y el salario base de cálculo de los mismos. Ahora bien, conteste con lo previsto en los artículos 72 y 135 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el régimen de distribución de la carga probatoria en materia laboral, se fijará de acuerdo con la forma en la que el accionando dé contestación a la demanda. En el caso concreto, la carga de la prueba de la relación de causalidad entre la conducta de la demandada y la enfermedad padecida por la parte actora, corresponde a la parte actora. A continuación se valorarán las pruebas que constan en el expediente a los fines de establecer cuáles de los hechos controvertidos en el proceso han sido demostrados.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora contra la sentencia dictada en fecha 17 de octubre de 2014 por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón; SEGUNDO: nulo el fallo recurrido; y, TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana YADITZA ROSENDO, contra la sociedad mercantil COMPAÑÍA ANÓNIMA DE ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELÉCTRICO (CADAFE) hoy CORPORACIÓN ELÉCTRICA NACIONAL, S.A. (CORPOELEC).

Palabras clave

carga probatoriaenfermedad profesionalrelación laboralindemnizaciónjubilaciónconceptos laborales

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