Sentencia N° 614 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de abril de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 0614, Exp. 06-1542, 30/04/2009
Expediente06-1542
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-04-30
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por la empresa demandada, anulando el fallo recurrido que había declarado sin lugar el recurso de apelación. Se establece que la actora, Hildamer Elena Mora de Arellano, tenía derecho a la jubilación especial, dado que contaba con más de 14 años de servicio en la empresa. La Sala determina que hubo un error excusable en la elección de la bonificación especial en lugar de la jubilación, lo que vicia la decisión de la trabajadora y lleva a la nulidad parcial del acta de convenio suscrita entre las partes.

Extracto de la motiva

(…) En consecuencia, visto que la sentenciadora de la recurrida se apartó de la doctrina jurisprudencial de esta Sala, se declara procedencia la denuncia de falta de aplicación del artículo 177 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, norma que establece la obligatoriedad de los jueces de instancia, de acoger la doctrina de la Sala establecida en casos análogos. Así se declara. Visto lo anterior, esta Sala de Casación Social no entrará a conocer las restantes denuncias por resultar inoficioso, toda vez que debe decidir el fondo de la controversia. Por lo tanto, declara nulo el fallo recurrido, emanado del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 2 de agosto de 2006, y seguidamente procede a dictar sentencia sobre el fondo, de conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social (Accidental), administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la empresa demandada, contra la sentencia emanada del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 2 de agosto de 2006; 2) NULO el fallo recurrido; y 3) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana Hildamer Elena Mora de Arellano contra la sociedad mercantil Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (C.A.N.T.V).

Palabras clave

jubilación especialnulidad de acta convenioerror excusableenriquecimiento sin causa

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