Sentencia N° 598 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de junio de 2004
TSJ/SCS, Sent. N° 598, Exp. 04-334, 04/06/2004
Expediente04-334
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2004-06-04
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social se pronuncia sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por Guillermo Aldana contra la sentencia del Juzgado Superior del Trabajo. Se argumenta que la sentencia impugnada no infringió normas de orden público legal, ya que la norma denunciada no es considerada de tal naturaleza. La Sala enfatiza la importancia de que las violaciones sean categóricas para que el recurso sea admitido.
Extracto de la motiva
En el caso concreto, el recurrente señala en su solicitud que la sentencia impugnada infringió normas de orden público legal, y específicamente el literal c) del artículo 64 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con el artículo 10 eiusdem, en contravención con lo establecido en los artículos 21 numeral 2º y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, menoscabando sus derechos constitucionales de igualdad ante la ley, acceso a la justicia, y a que se le garantice el derecho a la tutela judicial efectiva. Sobre el particular, la Sala ha establecido en múltiples sentencias, los requisitos de admisibilidad del recurso de control de la legalidad, haciendo especial énfasis en la importancia de que se trate de violaciones categóricas “del orden legal establecido”, que en definitiva -se insiste- transgredirían el Estado de Derecho. En el caso concreto, el recurrente alega que la sentencia de alzada incurrió en la infracción de normas de orden público legal y constitucional, lo cual luego de un examen exhaustivo, la Sala considera que no se trata de infracciones del orden público legal, pues la norma denuncia como infringida relativa a la prescripción de la acción, no es una norma de orden público, por lo que, en consecuencia, resulta ajustada a derecho la decisión recurrida.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en fecha 20 de febrero de 2004. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, a los fines que se remita al Juzgado correspondiente. Particípese al Juzgado Superior de origen, en conformidad con lo establecido en el artículo 170 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
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