Sentencia N° 588 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de julio de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 0588, Exp. 16-769, 03/07/2017
Expediente16-769
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion
Fecha de la decisión2017-07-03
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 3 de julio de 2017, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, Avon Cosmetics de Venezuela, C.A., contra la sentencia del Tribunal Tercero Superior del Trabajo. La Sala anuló la decisión impugnada y parcialmente con lugar la acción de las demandantes, quienes reclamaban diferencias en el pago de prestaciones sociales y otros conceptos laborales. La Sala determinó que las demandantes, al ser Gerentes de Zona, no eran beneficiarias de las convenciones colectivas y que los pagos realizados por la empresa no debían considerarse como parte del salario normal para el cálculo de prestaciones.
Extracto de la motiva
Siendo la oportunidad para explanar las consideraciones, tanto de hecho como de derecho que motivaron la presente decisión, esta Sala pasa a realizarlo en los siguientes términos: En primer término se debe destacar que quedó reconocido por las partes que todas las demandantes prestaron sus servicios personales para la empresa Avon Cosmetics de Venezuela, C.A., desempeñándose con el cargo de gerente de zona, cumpliendo las funciones y el horario de trabajo que se explana en el libelo, de igual forma se tiene como cierto que durante la relación laboral tuvieron un salario compuesto por el salario básico, comisiones y bonificaciones, es decir, que siempre devengaron un salario mixto y por último que prestaron sus servicios en las siguientes fechas: Katiuska Guadalupe Oviol Rodríguez, del 25-07-2006 al 19-09-2013, María Celina Fariñaz Mirabal, del 13-11-1995 al 31-03-2014, Nohemí Josefina Gutiérrez Berro del 09-09-2002 al 11-02-2014 y Dulce Nombre de María Carballo Mendiola, del 31-01-1995 al 06-06-2014. Así se establece.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia proferida por el Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 8 de agosto de 2016; SEGUNDO: ANULA la decisión impugnada; y TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada por la ciudadanas Katiuska Guadalupe Oviol Rodríguez, María Celina Fariñaz Mirabal, Nohemí Josefina Gutiérrez Berro y Dulce Nombre de María Carballo Mendiola contra la sociedad mercantil Avon Cosmetics de Venezuela, C.A.