Sentencia N° 585 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de mayo de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0585, Exp. 14-392, 14/05/2014
Expediente14-392
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2014-05-14
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, en el contexto de un juicio por cobro de prestaciones sociales. La Sala consideró que la decisión recurrida no vulneró normas de orden público que transgredirían el Estado de Derecho, y que la admisibilidad del recurso se restringe a situaciones donde la violación o amenaza son de tal entidad que alteran la legalidad de la decisión o proceso sujeto a revisión.
La parte recurrente alegó que la decisión del Juzgado de Primera Instancia había quebrantado varios artículos del Código de Procedimiento Civil y de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, argumentando que no se había demostrado la existencia de una relación laboral. Sin embargo, la Sala concluyó que no era necesario desplegar la actividad jurisdiccional para ejercer el control de la legalidad de la sentencia impugnada, dado que no se evidenciaron violaciones categóricas del orden legal establecido.
Finalmente, el Tribunal declaró inadmisible el recurso, sin condenatoria en costas, y ordenó el registro y remisión del expediente al Juzgado correspondiente.
Extracto de la motiva
Esta Sala de Casación Social en decisión de fecha 12 de diciembre de 2002, expresó que aun cuando los requisitos de admisibilidad se cumplan “corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal Laboral, la admisibilidad de dicho recurso, cuando se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público…”. Por tanto, se refiere la Sala a que la admisibilidad del recurso se restringe a situaciones donde la violación o amenaza son de tal entidad, que resulte alterada la legalidad de la decisión o proceso sujeto a revisión. De allí, que se trate entonces, de violaciones categóricas del orden legal establecido, que en definitiva, transgredirían el Estado de Derecho. Denuncia el recurrente, que la recurrida quebrantó los artículos 12 y 509 del Código de Procedimiento Civil, y los artículos 5° y 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, al declarar sin lugar la apelación interpuesta contra la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia que declaró parcialmente con lugar la demanda, toda vez que basó su decisión en la declaración de los testigos promovidos por la parte actora y la declaración de parte de los ciudadanos Nelson Magdaleno y Bermary Camacho; que el Juez de alzada de conformidad con el artículo 53 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, y las pruebas aportadas estableció que quedó demostrada la existencia de dicho vínculo laboral.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la decisión dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 6 de febrero de 2014. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, a los fines de que sea enviado al Juzgado correspondiente. Particípese esta decisión al Tribunal Superior de origen, en conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
control de legalidadinadmisibilidadjurisdicciónsentenciapotestad revisora