Sentencia N° 573 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de junio de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 0573, Exp. 08-1543, 07/06/2010
Expediente08-1543
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-06-07
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por el Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, decidió declarar SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Fabio Ricardo Vega Muñoz contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo del Estado Táchira. La decisión se fundamenta en la inexistencia de una relación laboral entre el demandante y la empresa LATIL AUTO, S.A., argumentando que el vínculo era de naturaleza mercantil y no dependiente, desvirtuando así la presunción de laboralidad establecida en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Trabajo.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el recurrente denuncia error de interpretación del artículo 65 de la Ley Orgánica del Trabajo, argumentando que el juez superior erró en la determinación de su verdadero alcance. Se establece que la existencia de la prestación personal del servicio por el actor activa la presunción de laboralidad, invirtiendo la carga de la prueba. Sin embargo, se concluye que el juez ad quem, al analizar las pruebas, determinó que existía una relación mercantil y no laboral, desvirtuando la presunción legal. La Sala reitera que corresponde a los jueces determinar la naturaleza de la relación jurídica según las pruebas aportadas y la apreciación de los hechos. Finalmente, se declara la improcedencia de la denuncia formulada, al no evidenciarse contradicción en los motivos del fallo impugnado.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte actora, contra la sentencia proferida por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 11 de julio de 2008, en consecuencia, SE CONFIRMA el fallo recurrido. Se condena en costas a la parte recurrente en casación, de conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
casaciónlaboralrelación mercantilpresunción de laboralidad