Sentencia N° 565 — Sala de Casación Social del TSJ, 20 de mayo de 2011

TSJ/SCS, Sent. N° 0565, Exp. 09-1216, 20/05/2011
Expediente09-1216
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2011-05-20
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud del recurso de casación interpuesto por la parte demandada, anula el fallo del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo que había declarado con lugar el recurso de apelación de la parte actora. La Sala determina que el sentenciador de alzada incurrió en el vicio de inmotivación al no especificar el razonamiento jurídico para establecer los montos condenados. En consecuencia, se declara parcialmente con lugar la demanda interpuesta por la actora, ordenando el pago de diferencias de prestaciones sociales.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el formalizante hizo una mezcla indebida de denuncias, al delatar por una parte el vicio de inmotivación y por la otra, la errónea condenatoria en costas que realizó el sentenciador superior, cuando ha debido realizarlo de forma separada y fundamentarlo bajo supuestos distintos de los consagrados en el artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo: No obstante lo anterior, pasa esta Sala a conocer la denuncia sobre el vicio de inmotivación: Alega el recurrente que el fallo impugnado incurrió en el vicio de inmotivación, por cuanto no se evidencia el razonamiento jurídico para establecer los montos y conceptos condenados, muy particularmente los conceptos de compensación por transferencia, en donde se omiten las operaciones aritméticas realizadas para obtener la cantidad condenada al pago y, el concepto de prestación de antigüedad régimen actual, el cual conforme a lo establecido en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, debe calcularse con el salario devengado mes a mes, debiendo el jurisdicente desglosar los salarios devengados y la acreditación mensual que se ha debido realizar por este concepto, limitándose la Juez de alzada a señalar de manera llana, precisa y sin explicación o desglose, sin mencionar las operaciones aritméticas realizadas, a condenar al pago de la suma de Bs.1.127,79, lo cual sin lugar a dudas limita en gran medida su derecho a la defensa y el control de la legalidad del fallo recurrido.

Dispositiva

1) CON LUGAR el recurso de casación anunciado por la parte demandada contra la sentencia emanada del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 28 de julio del año 2009. En consecuencia, ANULA el fallo impugnado y resuelve, 2) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana María Emérita Marín Marín contra la Asociación Universidad Experimental Cecilio Acosta.

Palabras clave

inmotivaciónsentenciacostastrabajojurisdiccióndefensa

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