Sentencia N° 557 — Sala de Casación Social del TSJ, 31 de mayo de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 0557, Exp. 05-186, 31/05/2005
Expediente05-186
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-05-31
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 31 de mayo de 2005, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra la sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo. La parte recurrente alegó violaciones a normas de orden público y a la jurisprudencia reiterada, pero la Sala determinó que no se constató ninguna infracción que justificara la admisibilidad del recurso. La decisión se fundamenta en la naturaleza excepcional del recurso y en la necesidad de cumplir con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
En el caso bajo estudio, informa la parte actora recurrente que la sentencia impugnada violó normas con carácter de orden público, contraviniendo los artículos 2, 5 y 10 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por cuanto no comparten el criterio sustentado por la Alzada para desechar las testimoniales rendidas en el presente juicio, en virtud a que los jueces deben orientar sus actuaciones dándole prioridad a la realidad de los hechos. Del mismo modo, se señala que al determinarse en la sentencia recurrida que la prueba de exhibición solicitada era inocua y por tanto no se le puede atribuir ninguna consecuencia jurídica, dado el incumplimiento por parte del promovente de uno de los requisitos esenciales para la admisión de la prueba como lo es acompañar la copia de los instrumentos, se infringió el segundo aparte del artículo 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el Parágrafo Quinto del artículo 133 de la Ley Orgánica del Trabajo, pues, los documentos cuya exhibición se requiere, por mandato legal deben ser llevados por el patrono. Finalmente, se denuncia la violación de los numerales 2 y 4 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, -cuestión que no puede ser verificado por esta Sala por falta de competencia para ello-, en concordancia con los artículos 2, 5 y 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ya que en primer lugar la Sentenciadora de Alzada sostuvo que la transacción consignada en autos, no cumplía con los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, siendo que luego se contradijo al señalar que los hechos contenidos en ella -la transacción-, tienen fuerza probatoria para demostrar que la relación laboral terminó en fecha 20 de diciembre de 2002 y que como consecuencia de ello la acción incoada se encuentra prescrita, pues, si dicha transacción no tiene valor para las normas de orden público en materia de Derecho del Trabajo, mal puede dársele valor a los hechos allí contenidos.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra la sentencia de fecha 17 de enero de 2005, emanada del Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada.
Palabras clave
control de la legalidadprestaciones socialessentenciaviolación de normasderecho laboralprueba de exhibicióntransaccióndebido proceso