Sentencia N° 552 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de marzo de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 0552, Exp. 05-1285, 30/03/2006
Expediente05-1285
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2006-03-29
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 29 de marzo de 2006, abordó un recurso de control de la legalidad interpuesto por la Asociación Cooperativa de Carga Zuliana de Gandolas de Volteo, contra una sentencia de alzada que había declarado con lugar la demanda de estabilidad laboral presentada por Luis Ángel Molero González. La Sala determinó que la carga de la prueba recaía sobre la parte demandada, quien alegó que el actor no era su trabajador, sino que prestaba servicios para un tercero, Manuel Pérez.

Extracto de la motiva

La Sala observa que, en principio, el demandado en la contestación a la demanda negó la relación de trabajo, por lo que le correspondía al actor probar la prestación del servicio. No obstante, el demandado alegó, posteriormente, que el trabajador prestaba sus servicios para el ciudadano Manuel Pérez, lo cual constituía un hecho nuevo que, de acuerdo con la doctrina de la Sala, debía probar. Para ello, consignó como medio de prueba la liquidación de las prestaciones sociales del actor y su carta de renuncia, la cual estaba dirigida al ciudadano Manuel Pérez, quien intervino en el proceso como testigo para ratificar ambos documentos, por estar supuestamente suscritos por él. Al momento de ser interrogado en la audiencia de juicio, no pudo asegurar que había elaborado dichos documentos a favor del actor, argumento determinante para que la Alzada resolviera desestimar la prueba del demandado y estableciera que fueron admitidos por la empresa demandada: la condición de trabajador del actor, el cargo, la relación laboral en la forma planteada en la demanda, el tiempo de la prestación del servicio y el despido.

Dispositiva

En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1º SIN LUGAR el recurso de control de la legalidad interpuesto por la empresa demandada; 2º SE ANULA la sentencia publicada el 21 de junio de 2005, por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia y, en consecuencia; 3º SIN LUGAR la demanda.

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